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Drones contra la polilla de la vid: el nuevo marco de SENASA abre una vía para su uso en el control de Lobesia botrana

Foto del escritor: Florencia Lucero Heguy
Florencia Lucero Heguy
hace 2 días
5 min de lectura

La Resolución 869/2026 creó un procedimiento específico para autorizar productos fitosanitarios mediante vehículos aéreos no tripulados (VANT). En paralelo, el programa de control de Lobesia botrana mantiene las aplicaciones fitosanitarias como herramienta obligatoria.




La regulación de los drones para aplicaciones agrícolas dio un paso significativo en Argentina. La Resolución 869/2026 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), publicada el 24 de septiembre, estableció un procedimiento específico para autorizar nuevos métodos de aplicación de productos fitosanitarios y contempló expresamente los vehículos aéreos no tripulados (VANT).

La medida adquiere particular relevancia para la vitivinicultura y el control de Lobesia botrana, la denominada polilla de la vid. El Programa Nacional de Lobesia establece medidas de control mediante principios activos autorizados por SENASA y de acuerdo con las indicaciones correspondientes para cada producto. El nuevo escenario combina dos procesos regulatorios que hasta ahora avanzaban por carriles diferentes: por un lado, la necesidad de realizar aplicaciones contra la plaga y, por otro, la creación de un mecanismo específico para que determinados productos puedan utilizarse mediante VANT.

La autorización no es automática

La Resolución 869/2026 no establece que cualquier fitosanitario pueda ser aplicado con un dron. Por el contrario, crea un procedimiento administrativo específico para los llamados nuevos métodos de aplicación y establece que SENASA mantendrá un listado de productos autorizados bajo esa modalidad. La diferencia es central. Que un insecticida esté registrado para controlar Lobesia botrana no significa automáticamente que pueda ser aplicado mediante un VANT. La autorización debe contemplar el método de aplicación y las condiciones correspondientes. Para determinar si un tratamiento con dron es legalmente posible en un viñedo, es necesario cruzar el producto autorizado contra la plaga con su autorización para uso mediante VANT y con las condiciones particulares establecidas para la aplicación. A septiembre de 2026, la información pública consultada no permite afirmar con suficiente respaldo que exista una combinación específica de producto, vid, Lobesia botrana y VANT ya autorizada a nivel nacional. SENASA sí mantiene un listado específico de productos autorizados para VANT, pero eso no significa que todos los productos registrados contra la plaga estén incluidos.

La aplicación contra Lobesia sigue siendo obligatoria

El punto de partida está en la propia normativa fitosanitaria. El Programa Nacional de Lobesia botrana establece medidas obligatorias de control mediante productos fitosanitarios autorizados por SENASA. El Plan de Contingencia incorporado a la normativa establece que el control químico de las dos primeras generaciones debe realizarse mediante la técnica de confusión sexual y productos fitosanitarios autorizados. También exige respetar las Buenas Prácticas de Aplicación de Fitosanitarios y la legislación nacional, provincial, municipal y local. Un aspecto relevante es que la normativa no establece que la aplicación deba realizarse necesariamente mediante un equipo terrestre. Habla de aplicaciones de productos fitosanitarios y, ante determinadas circunstancias, de utilizar las herramientas disponibles de acuerdo con la fenología del cultivo y la efectividad de las mismas. 

La incorporación de los VANT al régimen específico de SENASA abre así una alternativa tecnológica que ahora cuenta con un procedimiento regulatorio propio.

Mendoza ya incorpora drones a la estrategia contra Lobesia

El movimiento no queda limitado a la normativa nacional. Para la campaña 2026/2027 de control de Lobesia botrana, Mendoza contempla tratamientos aéreos y el uso de drones en determinadas superficies dentro de la estrategia oficial de control de la plaga. El dato es relevante porque los drones dejan de aparecer solamente como una posibilidad tecnológica y pasan a formar parte de la planificación operativa de una campaña oficial contra la polilla de la vid. La situación también tiene correlato en San Juan. SENASA emitió la primera alerta fitosanitaria de la campaña para la provincia y estableció que los productores de vid alcanzados deben realizar los tratamientos con productos autorizados cuando los cultivos alcancen el estado fenológico indicado por el organismo.

La regulación aeronáutica también cambió

Para que un dron pueda utilizarse en una aplicación agrícola no alcanza con la autorización fitosanitaria. También interviene la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). Cabe destacar que en mayo de este año, la Resolución ANAC 312/2026 modificó las reglas para las aeronaves pilotadas a distancia y estableció una categoría específica para aeronaves de ala rotativa que operen exclusivamente en zonas rurales. La medida permite que determinados drones destinados a esas operaciones sean considerados dentro de la Categoría Abierta independientemente de su peso máximo de despegue. La propia ANAC señaló que la reforma tiene especial impacto sobre el uso agrícola y rural. De esta manera, durante 2026 se produjeron dos movimientos regulatorios que se complementan. Por un lado, ANAC modificó el marco operacional para los drones agrícolas y, por otro, SENASA creó un procedimiento específico para autorizar productos fitosanitarios mediante VANT. En paralelo, el sistema de sanidad vegetal mantiene la necesidad de controlar una plaga como Lobesia botrana mediante aplicaciones.

La maquinaria agrícola también queda alcanzada

La normativa de Lobesia botrana no solamente regula el control químico. También incorpora a la maquinaria agrícola dentro de los artículos reglamentados vinculados con la plaga. El Plan de Contingencia menciona expresamente elementos de labranza, sembradoras, cosechadoras y otras máquinas que intervienen en el procesamiento y transporte de artículos reglamentados.  En particular, la maquinaria agrícola utilizada para la cosecha de vid que deba salir de un área bajo Alerta o Emergencia Fitosanitaria requiere autorización de SENASA y debe ser desinfectada y desinsectada conforme a la normativa vigente. Los drones, en cambio, no aparecen mencionados específicamente en el Plan de Contingencia de Lobesia. La referencia expresa a los VANT surge del nuevo procedimiento establecido por la Resolución 869/2026 para los métodos de aplicación de productos fitosanitarios.

¿Ya se pueden pulverizar viñedos con drones?

El marco regulatorio argentino ya contempla expresamente los VANT como método de aplicación de productos fitosanitarios. Además, existe un programa oficial de control de Lobesia botrana que exige aplicaciones y, en Mendoza, se prevé el uso de drones en determinadas superficies durante la campaña 2026/2027. Pero esto no equivale a una autorización general para pulverizar cualquier producto contra Lobesia con cualquier dron. El punto decisivo es el listado específico de productos autorizados para VANT y su correspondencia con los productos autorizados para Lobesia botrana en vid. SENASA mantiene ambos universos regulatorios, pero con la información pública disponible no es posible confirmar todavía una coincidencia específica producto por producto. Por eso, la pregunta que queda abierta para productores, empresas de servicios y fabricantes de drones es qué principios activos y formulaciones están efectivamente autorizados para esa combinación: vid, Lobesia botrana y aplicación mediante VANT.

Un cambio que puede acelerar la agricultura de precisión

La modificación regulatoria llega en un momento en que los drones pulverizadores comienzan a ocupar un lugar concreto dentro de las herramientas de aplicación agrícola.

El nuevo esquema incorpora la tecnología y, al mismo tiempo, obliga a considerar el método de aplicación dentro de la autorización del fitosanitario. Esto puede involucrar parámetros como dosis, volumen, tamaño de gota, altura de aplicación, condiciones meteorológicas y zonas de resguardo. Para el sector vitivinícola, el caso de Lobesia botrana puede convertirse así en uno de los primeros escenarios donde confluyan de manera concreta sanidad vegetal, tecnología de aplicación y regulación aeronáutica.

La próxima campaña será un escenario clave para determinar hasta dónde llega esta nueva herramienta. La pregunta ya no es solamente si un dron puede técnicamente pulverizar un viñedo, sino qué productos podrá aplicar, contra qué plagas y bajo qué condiciones regulatorias. En el caso de Lobesia botrana, el camino normativo ya está abierto. Ahora resta conocer qué productos concretos pueden transitarlo.

 

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